Seguro de visitantes para padres con afecciones preexistentes que viajan a Estados Unidos desde el extranjero


Seguro de visitantes para padres con afecciones preexistentes que viajan a Estados Unidos desde el extranjero

Es muy importante tener seriamente en cuenta el seguro de visitantes para los padres que viajan a Estados Unidos y sufren de enfermedades pre-existentes.

Millones de personas que viven en Estados Unidos vienen de otros países. Muchos de ellos son profesionales de varios sectores que se han establecido para trabajar en Estados Unidos en las útimas décadas. Por lo tanto, la mayoría de sus familiares, incluyendo sus padres, viven en un país fuera de EE.UU. A esos hijos les gustarían invitar a los padres que viven en el extranjero a que les visiten en EE.UU., para que pasen tiempo con su familia y también para visitar muchas atracciones turísticas de Estados Unidos.

Obviamente, la mayoría de esos padres son de edad avanzada, normalmente de unos 50, 60, 70 y algunos de hasta 80 o 90 años. Naturalmente, muchos de ellos sufren de una o más afección preexistente, como presión alta, diabetes, colesterol, enfermedades cardíacas, artritis, asma, problemas renales, etc.

Por lo tanto, al buscar un seguro de visitantes para sus padres, muchos hijos se preguntan qué tipo de cobertura para las enfermedades preexistentes les proporcionará.

¿En qué consisten las condiciones preexistentes?

Por lo general, las condiciones preexistentes incluyen cualquier condición médica que existía antes de la fecha de entrada en vigor de la póliza.

No importa si la persona estaba al tanto de dichas condiciones o no lo estaba, si se las habían diagnosticado o no o había recibido tratamiento por las mismas o no.

Siempre y cuando esas condiciones existían antes de la entrada en vigor de la póliza, se consideran preexistentes.

¿Cómo se determinan las condiciones médicas preexistentes?

Durante el proceso de inscripción del seguro de visitantes, no se hacen preguntas de carácter médico. La póliza del seguro de visitantes se emite de forma instantánea y garantizada. Por lo tanto, muchos se preguntan cómo se determinan las condiciones médicas preexistentes.

Basándose en el informe del médico que le atendío y del historial médico presentado, la oficina de reclamaciones de la compañía de seguro determinará si el desembolso en cuestión puede considerarse un gasto médico elegible o no. Determinarán si se trata de una condición médica nueva, de un principio agudo de una afección preexistente o de una condición médica preexistente. En base a todos esos factores y al tipo de seguro de visitantes en concreto, se determinará si el gasto está cubierto o no.

Después de haber leído lo que se acaba de mencionar, mucha gente se pregunta qué criterios usará la compañía de seguro para decidir basándose en los historiales médicos. Para mucha gente es normal conservar su historial médico y la compañía de seguro decide básandose principalmente en los historiales médicos presentados por el proveedor estadounidense (médico, hospital) cuando el paciente acude para recibir tratamiento.

De todos modos, si uno de los progenitores que viaja de otro país ya tiene unos historiales médicos, deberían llevárselos. Si una condición médica determinada no es fácil de descifrar y la compañía de seguros no puede decidir fácilmente, esos historiales médicos servirán para demonstrarles que no se trataba de una condición preexistentes. Además, si la compañía de seguros toma una decisión desfavorable para usted, dichos historiales médicos serán útiles para presentar recurso. Sin embargo, si no tiene ningún historial médico de su país de origen, eso no necesariamente implica que su reclamación será rechazada.

¿Qué es el principio agudo de condiciones preexistentes?

Los planes de seguro de visitantes no cubren la manutención general y esperada de las condiciones preexistentes.

Si bien la definición exacta de principio agudo de condiciones preexistentes varía según el producto, una de las definiciones es:

Un principio agudo de condición preexistente es un brote repentino e inesperado o la reaparición de una condición preexistente que se manifiesta espontáneamente y sin previo aviso, en la forma de las recomendaciones del doctor o síntomas. Se debe obtener tratamiento en un plazo de 24 horas desde la reaparición o brote repentino e inesperado. Las condiciones crónicas o congénitas son excluídas de la cobertura.

En términos generales, quiere decir que si sus padres que le visitan, por ejemplo de España, se enfrentan a una emergencia inesperada que surge a partir de una condición médica que ya existía anteriormente, y usted busca asistencia médica inmediata, puede tratarse de un principio agudo de una condición preexistente. Obviamente cada caso es diferente y no se puede establecer si una reclamación en concreto es cubierta o no basándose en una posibilidad hipotética.

Un ejemplo posible es que una persona que tiene presión arterial normal y controlada y toma medicación habitual, de repente sufre un paro cardíaco que puede clasificarse como principio agudo de una condición médica preexistente; o también podría clasificarse como enfermedad nueva o puede quedar excluída por completo. El caso es que no puede establecerse a priori, sino solamente a posteriori.

Mucha gente pregunta si el paro cardíaco está cubierto o no lo está. Desafortunadamente, no existe una respuesta sencilla, así que, para obtener más detalles, consulte: cobertura de ataque cardíaco.

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