Procedimiento para la solicitud del ajuste de estatus (I-485):

Para obtener la condición de residente permanente hay que presentar un I-485, solicitud para registro de residencia permanente o ajuste de estatus. Normalmente se somete junto con pruebas acreditativas y se puede presentar simultáneamente a otras peticiones o solicitudes diferentes.

Documentos

  • Pago de la tarifa

  • Un G-28, aviso de comparecencia como abogado o representante, si tiene un abogado. Se aceptan los sellos de firma facsímil como firma del representante. Sin embargo, los solicitantes deben firmal el formulario G-28 presentato con la solicitud original.

  • Un I-485, solicitud de registro de residencia permanente o ajuste de estatus.

  • Fotos
    2 fotos idénticas

  • Suplemento A del I-485, y tasa de penalización, si procede

  • I-765, solicitud para autorización de empleo (permiso de trabajo). Opcional, si quiere la autorización de trabajo mientras el I-485 está pendiente

  • I-131, solicitud de documento de viaje. Opcional. Si necesita trabajar fuera de EE.UU. mientras el I-485 está pendiente

  • G-325A, cerificado de datos biográficos, si tiene entre 14 y 79 años.

  • I-693, reconocimiento médico de extranjeros solicitando el ajuste de estatus
    Detalles completos

  • I-601, solicitud de exención de los motivos de exclusión, si procede. Consulte con un abogado para decidir si presentar el I-601 o no.

  • Acta de nacimiento
    Copia del acta de nacimiento de su país

  • Copia de la página del pasaporte con la visa de no inmigrante
    Si ha obtenido una visa/s de no inmigrante de una embajada o consulado estadounidense en el extranjero en el último año, presente una fotocopia ( o fotocopie) de la página/s de su pasaporte conteniendo la visa/s.

  • Certificados policiales
    Si está solicitando un ajuste de estatus como miembro de una categoría especial como se describe en el formulario suplementario del I-485, lea las instrucciones contenidas allí para averiguar si necesita obtener y presentar los certificados policiales con su solicitud además de las huellas dactilares requeridas.

    Nota: la mayoría de la gente no los necesita.

  • Pruebas de estatus
    Presente una copia de su formulario I-94 , registro de entrada/salida de no inmigrante, indicando su admisión en los Estados Unidos y estatus actual.

    Si ha entrado por medio de una tarjeta de cruce de frontera, someta una fotocopia de ambos lados de la tarjeta.

    Si no dispone de ese documento de prueba, póngase en contacto con un abogado antes de seguir adelante o se arriesga a que le deporten.

  • Si desea recibir un correo electrónico y/o mensaje de texto indicando que su formulario I-485 ha sido aceptado en una oficina de Localidad segura (Lockbox) del USCIS, complete el formulario G-1145, notificación electrónica de aceptación de solicitud/petición y grápela a la primera página de su solicitud.
  • Categorías particulares
    • Familia
      • I-864, declaración jurada de patrocinio económico

      • Categorías familiares particulares
        • Familiares directos
          Su petición original  I-130, solicitud para familiar extranjero (si se solicita simultáneamente) o una copia de su I-797, notificación de acción (si su petición ya ha sido aprobada).

        • Otros familiares
          Copia de su I-797 de notificación de acción, notificación de aprobación del I-130 en la categoría que tiene una fecha de prioridad actualizada

        • Si no ha entrado legalmente o su cónyuge patrocinador es un residente permanente, y usted ha obtenido el derecho de vivir y ajustar su estatus mediante una visa V, presente una copia de la notificación de aprobación de su visa V.

        • Los hijos con visa K2 no necesitan que se presenten peticiones I-130 por separado en su nombre antes de solicitar el ajuste de estatus. Los hijos con visa K4 sí necesitan peticiones I-130 presentadas por separado en su nombre, una para cada hijo.
    • Empleo
      • Copia del I-797, notificación de acción, indicando que el I-140 de petición de inmigrante para trabajados extranjero ha sido recibida o aprobada por el USCIS. Si la fecha de prioridad está actualizada puede presentar simultáneamente los formulario I-485 e I-140.

        Aquellos cuyo I-140 está pendiente pueden presentar también el I-485 antes de la aprobación del I-140. El aviso de recepción I-797 del I-140 debe presentarse junto con la solicitud I-485 para determinar la idoneidad.

        La regla de presentación concurrente reduce la necesidad de presentar la extensión del séptimo año de la visa H1. En caso de que el I-140 sea rechazado por cualquier razón, los que han presentado el I-485 junto con el I-140, perderían todas las tarifas de presentación del I-485

      • I-864 declaración jurada de patrocinio, SOLAMENTE para una petición I-140 relacionada con una empresa que sea propiedad de la familia del solicitante en un 5% o más

      • Carta de empleo con el membrete del empleador solicitante que confirme que el trabajo en el que se basa la petición de visa sigue estando disponible para usted. La carta también debe indicar el salario que se pagará.

        Ejemplo de carta de empleo

      • Copia de certificado laboral aprobado

      • Copia de I-140 aprobado

      • Copia del título de grado

      • Copias de los últimos talones de pago

      • Copia del I-797, notificación de acción. Es un documento de estatus de visa H-1B/L-1

    • Prometido/a
      Si fue admitido en los Estados Unidos como prometido/a de un ciudadano estadounidense y se casó con dicho ciudadano en el plazo requerido de 90 días,
      • I-864, declaración jurada de patrocinio económico

      • Una copia de la notificación de aprobación de la petición I-129F de prometido/a

      • Una copia del acta de matrimonio

      • Una copia del formulario I-94

    • Asilado/Refugiado
      • I-602, solicitud de exención de las razones de exclusión por un refugiado, si procede

      • Pruebas de presencia física de un año en Estados Unidos. Se ruega que las pruebas de presencia física sean las mínimas posibles. Las pruebas podrían incluir una carta de empleo, un contrato de arrendamiento, registros de inscripción en la escuela, o documentación similar, que cubriría amplios períodos de tiempo.

      • Prueba de cualquier ausencia de los Estados Unidos desde su admisión en los Estados Unidos como asilado/refugiado. Por ejemplo: fotocopias de las páginas del documento de viaje del refugiado o del pasaporte.

      • Prueba de cualquier cambio de nombre legal que haya obtenido desde que se le concedió el asilo/refugio

      • Asilado
        Por ley, sólo 10.000 asilados pueden ajustar su estatus a residente legal permanente cada año; sin embargo, el USCIS está recibiendo entre 25.405 y 43.881 solicitudes al año. Por lo tanto, hay un retraso de muchos años para adjudicar la solicitud.

        • En la solicitud I-485, debe marcarse la casilla “d” de la Parte 2. Si el solicitante es un iraquí que tramitó a través de Guam, escriba también “IRAQI/GUAM” en el margen.

        • Una copia de la carta de concesión de asilo o el formulario I-94 que muestre la fecha en que se le concedió el asilo en Estados Unidos. Si al extranjero se le concedió inicialmente el asilo condicional, presente pruebas que demuestren que se han eliminado las condiciones.

      • Refugiado
        • En la solicitud I-485, la casilla “h” de la Parte 2 debe estar marcada con la palabra “refugiado” impresa en la línea correspondiente.

        • Prueba de la condición de refugiado. Esto puede incluir una fotocopia clara y legible del formulario I-94 o una copia de su documento de autorización de empleo.

        • Vacunación “Formulario complementario al I-693”. Se requiere un formulario I-693 completo (que incluye el formulario I-693 y su suplemento) sólo si:
          1. Había motivos médicos de inadmisibilidad señalados en el momento de la llegada a los Estados Unidos o

          2. El estatus de refugiado fue concedido al extranjero en los EE.UU. mediante un formulario I-730 aprobado, petición de Familiar de refugiado/asilado.

            Si no se da ninguna de estas condiciones, lo único que se requiere es el suplemento de vacunación.

    • Residencia continuada en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 1972
      Copias de pruebas que demuestren la residencia ininterrumpida en EE.UU. desde el 1 de enero de 1972

    • Ciudadanía/nacionalidad cubana
      Prueba de su ciudadanía o nacionalidad, como una copia de su pasaporte, certificado de nacimiento o documento de viaje.

    • Estatus derivado
      Basado en el estatus derivado como cónyuge o hijo de otro solicitante de ajuste o persona a la que se le ha concedido la residencia permanente basada en la emisión de una visa de inmigrante.
      Más detalles

    • No inmigrante basado en visa T o U
      • Una copia de su formulario I-797C, Notificación de Acción, para la aprobación de su estatus de no inmigrante T o U.

      • Una copia de su formulario I-94, registro de llegada-salida

      • Una copia de todas las páginas de su pasaporte con un visado T o U, o una explicación de por qué no tiene pasaporte

    • Otros documentos
      Copias de los documentos que demuestran que puede optar a la clasificación

  • Solicitudes de derechos adquiridos
    Entrada legal y tarjeta de residencia permanente basada en el cónyuge
    Si usted se acogió a la protección de derechos sobre la base de un formulario I-130 presentado entre el 14 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001, incluya pruebas de su presencia física en los Estados Unidos antes, durante y después del 21 de diciembre de 2000. Dichas pruebas pueden incluir copias de los sellos de inmigración en su pasaporte, recibos de hotel o de alquiler, registros médicos, registros escolares, facturas de servicios públicos, declaraciones de impuestos, registros de automóviles, multas de tráfico, documentos de la nómina de empleo y cualquier otra cosa apropiada.
  • Si su petición de visa estaba archivada en el INS (antiguo nombre del USCIS) antes de una de las fechas límite legales, es posible que pueda ajustar su estatus en los EE.UU. Incluya una copia del Formulario I-130 que se presentó a tiempo para que se le concediera el derecho de preferencia, cualquier prueba de su envío y la posterior notificación de aprobación del INS para demostrar que tiene derechos adquiridos.

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Pago de la tasa

Tasa de solicitud: la tasa de solicitud debe enviarse junto con la misma. Es menor si tiene menos de 14 años. No hay tasa de solicitud si se presenta como refugiado.

Tasa biométrica: si tiene entre 14 y 79 años, debe pagar la tasa de servicios biométricos para que el USCIS le tome las huellas dactilares.

La tasa I-485 incluye la tarifa para el I-131 (permiso de reingreso adelantado) y el I-765 (EAD o Documento de Autorización de Empleo). Por lo tanto, no tiene que enviar tasas separadas para el I-131 o para el I-765. Puede presentar el I-131 y/o el I-765 al mismo tiempo que el I-485 o por separado. Si los presenta por separado, también debe presentar una copia del recibo de su Formulario I-797C, Aviso de Acción, como prueba de la presentación del I-485.

Detalles de las tasas

Cómo preparar la aplicación

Organice los documentos en el orden siguiente:

  • Pago de tasas
  • Formulario G-28, si procede
  • Formulario I-485 con dos fotos adjuntas
  • Formulario I-485 Suplemento, si procede
  • Formulario I-864, si procede
  • Formulario I-131 y/o Formulario I-765
  • G-325A
  • Otras pruebas
  • Documentación acreditativa

Para mantener unido cada paquete de solicitud, utilice una sola grapa o un clip fuerte. Se pueden incluir varios paquetes de solicitud diferentes en el mismo envío. No obstante, se ruega que las unidades estén identificadas. Por ejemplo, junte con una goma todas las solicitudes correspondientes a la familia “Rodríguez”, todas las solicitudes correspondientes a la familia “González”, etc.

Istrucciones de presentación de la aplicación

Existe un orden de preparación especial para la solicitud de asilo/refugio:

Asilado: tasa de huellas dactilares, tasa de presentación del I-485, G-28, I-485, fotos, G-325A, prueba de la condición de asilado, I-602, prueba de un año de presencia, prueba de cualquier ausencia de los EE.UU., acta de nacimiento, prueba de cambio de nombre, I-693 médico con suplemento de vacunación, I-765, I-131.

Refugiado: tasa de huellas dactilares, I-485, fotos, G-28, G-325A, vacunación “Formulario complementario al I-693”, prueba de la condición de refugiado, I-602, prueba de la presencia física de un año en los EE.UU., prueba de cualquier ausencia de los EE.UU., acta de nacimiento, prueba de cambio de nombre, I-765, I-131.

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Cómo presentar la solicitud

Como cualquier solicitud concurrente como la I-131, la I-765 no siempre se procesa con la I-485, ya que cada una debe estar completa por sí misma, y usted debe presentar toda la documentación requerida con cada solicitud concurrente.

Mailing location depends upon the category the application is filed in. La dirección de envío depende de la categoría bajo la cual se presenta la solicitud.

  • Para las siguientes categorías de elegibilidad:
    • Cónyuge, padre o madre, hijo/a soltero/a menor de 21 años de un ciudadano estadounidense con un formulario I-130 aprobado o presentado simultáneamente;

    • Beneficiario de un formulario I-130 aprobado presentado por un familiar que reúne los requisitos;

    • Cónyuge o hijo de un inmigrante que ha solicitado un ajuste de estatus o al que se le ha concedido la residencia permanente legal a través de una categoría de visa de patrocinio familiar que permite el estatus derivado para cónyuges e hijos;

    • Prometido(a) K-1 (y dependientes K-2) cuyo Formulario I-485 se basa en un Formulario I-129F, Petición para Prometido(a) Extranjero(a) aprobado;

    • Beneficiarios de un Formulario I-360, Petición de Americano, Viudo(a) o Inmigrante Especial, aceptado, aprobado o presentado simultáneamente, clasificado como “Americano”, “Viudo(a) de un ciudadano estadounidense fallecido en los últimos dos (2) años”, “Inmigrante Especial Juvenil” o “Inmigrante Especial Miembro de las Fuerzas Armadas”.
      (si procede, deberá incluir una copia del Formulario I-797C de Notificación de Aprobación, que demuestre que su Formulario I-360 fue aceptado o aprobado).
    • Solicitantes elegibles bajo la Ley de Ajuste Cubano del 2 de noviembre de 1966;
    • Solicitante de registro que presenta el formulario I-485 basado en la residencia continua en los EE.UU. desde antes del 1 de enero de 1972;
    • El ganador de la lotería de diversidad puede presentar el formulario I-485;

    • Personas con permiso reingreso por motivos de interés público procedentes de determinados países de la antigua Unión Soviética y del Sudeste Asiático que presentan el formulario I-485 en virtud de la Ley Pública 101-167 (la “Enmienda Lautenberg”);

    • Solicitante de registro que presenta el formulario I-485 basado en el nacimiento en EE.UU. de un funcionario diplomático extranjero;

    • Ex diplomático que presenta el formulario I-485 en virtud del artículo 13 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad;

    • Solicitantes beneficiarios de facturas privadas


  • Si vive en: Alaska, California, Estado Libre Asociado de las Islas Marianas del Norte, Connecticut, Delaware, Distrito de Columbia, Florida, Georgia, Guam, Hawai, Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Missouri, Nebraska, Nuevo Hampshire, Nueva Jersey, Nueva York, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Ohio, Oregón, Pensilvania, Puerto Rico, Rhode Island, Carolina del Sur, Dakota del Sur, Texas, Islas Vírgenes de los EE. S. Virgin Islands, Vermont, Virginia, Washington, Virginia Occidental, o Wisconsin, presente en:

    Localidad segura (lockbox) del USCIS de Chicago

    Para las entregas del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):
    USCIS
    Attn: AOS
    PO Box 805887
    Chicago, IL 60680-4120

    Para envíos de correo urgente y mensajería:
    USCIS
    Attn: AOS
    131 South Dearborn, 3rd Floor
    Chicago, IL 60603-5517


  • Si vive en: Alabama, Arizona, Arkansas, Colorado, Idaho, Kentucky, Luisiana, Mississippi, Montana, Nevada, Nuevo México, Oklahoma, Tennessee, Utah o Wyoming, presente en:

    Para las entregas del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):
    USCIS
    Attn: AOS
    PO Box 20500
    Phoenix, AZ 85036-0500

    Para envíos de correo urgente y mensajería:
    USCIS
    Attn: AOS (Box 20500)
    2108 E. Elliot Rd.
    Tempe, AZ 85284-1806

  • Para las siguientes categorías de elegibilidad:
    • Beneficiario de un formulario I-360 aprobado, petición para amerasiático, viudo(a) o inmigrante especial, basado en la categoría de elegibilidad “cónyuge/hijos maltratados”.
    • No inmigrante basado en la visa T o U.


      USCIS -Centro de servicios de Vermont 
      Attn: CRU
      38 River Road
      Essex Junction, VT 05479-0001

  • Para las siguientes categorías de elegibilidad:
    • Sobre la base de un formulario I-360 presentado simultáneamente, pendiente o aprobado para:
      • Trabajador religioso

      • Empleado de una organización internacional o miembro familiar

    • Sobre la base de un formulario I-360 aprobado para:
      • Empleo en la empresa del Canal de Panamá

      • El Gobierno de EE.UU. en el empleo de la zona del Canal;

      • Médico especial para inmigrantes;

      • Emisoras internacionales

        Nota: no se pueden presentar simultáneamente los Formularios I-360 y I-485 para las 4 clasificaciones anteriores. Incluya una copia de la Notificación de Acción I-797C que muestre que el Formulario I-360 fue aprobado.

    • Condición de asilado

    • Condición de refugiado

    • Dependiente de HRIFA (Iniciativa para los Inmigrantes Refugiados de Haití)

      El período de presentación de solicitudes para los directores de HRIFA se ha cerrado. Sólo los dependientes elegibles pueden presentar el formulario I-485.

    • Basado en un Formulario I-526, petición de inmigrante por empresario extranjero aprobado. (Nota: no puede presentar los formularios I-526 y I-485 simultáneamente).

      (Debe incluir una copia del formulario I-797C de notificación de aprobación, que demuestre que su formulario I-526 fue aprobado).

      Dependiendo de donde viva, la Localidad segura (Lockbox) de USCIS de Phoenix, Dallas o Chicago

    • Si vive enAlaska, Arizona, California, Colorado, Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, Guam, Hawai, Idaho, Indiana, Kansas, Maryland, Michigan, Minnesota, Missouri, Montana, Nebraska, Nevada, Dakota del Norte, Ohio, Oregón, Pensilvania, Dakota del Sur, Utah, Washington, Wisconsin, Wyoming, presente en:

      Localidad segura (Lockbox) de USCIS de Phoenix

      Para las entregas del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):
      USCIS
      Attn: NFB
      PO Box 21281
      Phoenix, AZ 85036-1281


      Para envíos de correo urgente y mensajería:
      USCIS
      Attn: NFB (Box 21281)
      2108 E. Elliot Rd.
      Tempe, AZ 85284-1806

    • Si vive en Alabama, Arkansas, Connecticut, Delaware, Distrito de Columbia, Florida, Georgia, Kentucky, Luisiana, Maine, Maryland, Massachusetts, Mississippi, Nueva Hampshire, Nueva Jersey, Nuevo México, Nueva York, Carolina del Norte, Pensilvania, Puerto Rico, Rhode Island, Carolina del Sur, Oklahoma, Tennessee, Texas, Vermont, Virginia, Islas Vírgenes de EE. UU. o Virginia Occidental:

      Localidad segura (Lockbox) de USCIS de Dallas:

      Para las entregas del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):
      USCIS
      Attn: NFB
      PO Box 660867
      Dallas, TX 75266-0867


      Para envíos de correo urgente y mensajería:
      USCIS
      Attn: NFB (Box 660867)
      2501 S. State Hwy, 121 Business
      Suite 400
      Lewisville, TX 75067-8003


    • Si vive en: Illinois, Iowa, Maine, Nueva Hampshire, Nueva Jersey, Nueva York, Rhode Island, Vermont o Virginia Occidental, presente en:

      Localidad segura (Lockbox) de USCIS de Chicago:

      Para las entregas del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):
      USCIS
      Attn: NFB
      P.O. Box 805371
      Chicago, IL 60680-5371

      Para envíos de correo urgente y mensajería:
      USCIS
      Attn: NFB (Box 805371)
      131 South Dearborn – 3rd Floor
      Chicago, IL 60603-5517


      Si se presenta el I-485 basado únicamente en un formulario I-140 pendiente/aprobado, o si se presenta el I-485 simultáneamente con el formulario I-140, hay que seguir las instrucciones de las  localidades de presentación del I-140

  • Si es un traductor afgano o iraquí y está presentando el Formulario I-485 aprobado basado en un formulario I-360 para traductores afganos o iraquíes, debe incluir una copia del formulario I-797C, aviso de acción, que muestre que su formulario I-360 fue aprobado.

    Nota: no puede presentar simultáneamente los formularios I-360 y I-485 para esta clasificación.

    USCIS
    Centro de servicios de Nebraska
    PO Box 87485
    Lincoln, NE 68501-7485

Notificación electrónica: si usted está presentando el Formulario I-485 en una oficina de localidad segura del USCIS puede optar por recibir un correo electrónico y / o mensaje de texto (SMS) que le notifica que su solicitud ha sido aceptada.

Debe rellenar el formulario G-1145, notificación electrónica de su solicitud.

Cómo presentar el recibo

Unas semanas después de enviar la solicitud, recibirá un recibo del USCIS, llamado I-797 Notificación de acción.

Ejemplo

Este recibo es un documento muy importante: contiene el número A (número de extranjero) que se necesita para cualquier tipo de comunicación con el USCIS.

Si ha presentado el I-765 (EAD, permiso de trabajo) o el I-131 (permiso de reingreso adelantado) junto con el I-485, recibirá avisos de recepción por separado para cada uno de ellos.

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