Hijos nacidos fuera del matrimonio
Los futuros padres adopivos potenciales deben ser conscientes de que, aunque un niño puede haber nacido fuera del matrimonio, todavía puede tener dos padres.
Un hijo nacido fuera del matrimonio en un país que no ha eliminado todas las distinciones legales entre “legítimo”e “ilegítimo” y no ha sido legitimado según las leyes de la residencia o el domicilio del hijo o del padre, tiene un sólo progenitor- la madre- a menos que el hijo tenga o haya tenido una relación de buena fe con el padre.
Si el menor tiene o ha tenido una relación de buena fe con su padre, se puede considerar que el menor tiene un único progenitor – su madre – sólo si el padre ha desaparecido, abandonado, desertado o por escrito ha cedido al menor irrevocablemente para la emigración y la adopción.
En ambos casos debe ser evidente que la madre es incapaz de cuidar adecuadamente al hijo según las normas del país en el que ella y el hijo residen y, por escrito, renuncia irrevocablemente al hijo para su emigración y adopción.
Si un hijo nace fuera del matrimonio en un país que ha eliminado todas las distinciones legales entre “legítimo” e “ilegítimo”, se ha establecido la paternidad y el padre ha reconocido al hijo, ese hijo se considera “legitimado” y tiene ambos padres, no uno solo.
Los padres adoptivos y los futuros padres adoptivos de hijos nacidos fuera del matrimonio deben familiarizarse con las leyes de legitimidad de los países en los que han nacido y/o viven los menores. Si un hijo nacido fuera del matrimonio procede de un país que ha eliminado todas las distinciones legales entre legítimos e ilegítimos, el hijo puede seguir cumpliendo los requisitos para ser clasificado como huérfano en virtud de la ley de inmigración de EE.UU., siempre y cuando se demuestre que la paternidad no ha sido reconocida o establecida ante las autoridades civiles de ese país. Los futuros padres adoptivos pueden obtener información sobre las leyes de legitimidad de un país concreto en el USCIS o en el Departamento de Estado.
Hijos legitimados
La mayoría de los países tienen procedimientos legales para la legitimación de los hijos por sus padres naturales. Por lo tanto, los padres adoptivos y futuros padres adoptivos de niños nacidos fuera del matrimonio deben familiarizarse con las leyes de un país extranjero para saber cómo se legitiman los niños. Un hijo legitimado tiene los mismos derechos que un hijo nacido dentro del matrimonio. Un hijo legitimado de cualquier país que tenga dos padres legales no puede calificarse de huérfano a menos que sólo viva uno de los padres o que ambos hayan abandonado al niño.
Abandono
Un hijo abandonado por ambos padres se considera huérfano según las leyes de inmigración de Estados Unidos.
La normativa del USCIS establece que un niño que ha sido abandonado incondicionalmente en un orfanato se considera que no tiene padres. Sin embargo, un niño no se considera abandonado cuando ha sido colocado temporalmente en un orfanato y el padre o los padres están contribuyendo o tratando de contribuir a la manutención del niño; o el padre o los padres demuestran de otra manera que no han terminado sus obligaciones parentales con el niño.
Aunque normalmente se puede declarar el abandono cuando el menor está bajo la custodia de un orfanato o de una institución similar, la definición del término “abandono” no se limita a estos casos. Los menores que se encuentran en otras situaciones podrían considerarse abandonados, pero los padres adoptivos o futuros padres adoptivos que deseen demonstrar el supuesto abandono deben obtener la documentación legal de una autoridad competente del país en el que reside el niño.
Por ejemplo, en un caso en el que un menor está bajo la tutela del tribunal, los padres deben negarse a cumplir sus obligaciones parentales y legales de cuidar y mantener a su hijo y renunciar a sus derechos parentales sobre el hijos. Por otro lado, si los padres naturales se ven privados de la custodia sólo temporalmente y se les da la oportunidad de cuidar del hijo, éste no sería considerado huérfano.
También la renuncia o entrega de un niño por parte de los padres biológicos a los futuros padres adoptivos o para una adopción específica no constituye un abandono.
Ocasionalmente, algunas personas intentan hacer parecer que un menor ha sido abandonado para facilitar su inmigración a los Estados Unidos. Si el menor ha sido asignado a la tutela judicial únicamente mediante ardid, no se calificaría como huérfano. Si el decreto por el que se declara al niño bajo la tutela del tribunal no describe las circunstancias que establecen que es huérfano, deben presentarse otras pruebas de abandono en apoyo de la petición.
Adopciones intrafamiliares
Los futuros padres adoptivos que deseen adoptar a un familiar pueden enfrentarse a problemas que no se dan en otros casos de adopción. La mayoría tendrá dificultades para demostrar que el menor cumple la definición de huérfano según las leyes de inmigración de Estados Unidos.
Como se ha dicho anteriormente, un hijo es huérfano sólo si el padre único o superviviente es incapaz de cuidar del él adecuadamente de acuerdo con las normas del país en el que el padre y el hijo residen y ha, por escrito, renunciado irrevocablemente al niño para que inmigre o sea adoptado; o si el niño ha sido abandonado o desertado por, separado o perdido de, ambos padres, o si ambos padres han desaparecido o muerto.
Se requiere documentación adicional para verificar la afirmación de abandono, deserción, separación de ambos padres, o que ambos padres han desaparecido o fallecido.
Una vez que el niño ha sido cedido de forma irrevocable por los padres naturales, éstos nunca podrán obtener ningún beneficio migratorio a través del niño.
Algunos problemas a los que se enfrentan los padres adoptivos y futuros padres adoptivos de niños nacidos en el extranjero
Los padres adoptivos y futuros padres adoptivos de niños nacidos en el extranjero se enfrentan a complejos requisitos que aparecen en la propia ley. El USCIS ha mantenido los requisitos documentales, reglamentarios y de procedimiento al mínimo, al tiempo que se ajusta a la intención de la ley. Además de los requisitos del USCIS, las peticiones de orfandad también deben cumplir las leyes de adopción estatales y extranjeras.
Las leyes de algunos países no permiten la adopción. Las leyes de otros países limitan las personas que pueden adoptar niños. Hay niños adoptados legalmente en el extranjero que no cumplen los requisitos para ser huérfanos según las leyes de inmigración de EE.UU. Los padres adoptivos y los futuros padres adoptivos deben ser conscientes de que no todos los niños adoptados en el extranjero son huérfanos, y lo que parece ser una adopción extranjera puede no cumplir con las leyes del estado extranjero; y algunas adopciones extranjeras válidas no son suficientes para clasificar a la persona adoptada como “hijo” según las leyes de inmigración de EE.UU.
Es responsabilidad del peticionario demostrar al USCIS que un hijo puede ser clasificado como huérfano a efectos de inmigración. Las pruebas deben ser en forma de documentos. Estas pruebas pueden variar, dependiendo de los hechos del caso. Por ello, a veces es necesario presentar documentos adicionales a los descritos en la sección de solicitud.