Denegación de la visa estadounidense en virtud del artículo 221(g)

Denegación de la visa estadounidense en virtud del artículo 221(g)

Cuando se solicita una visa de Estados Unidos, a veces puede ser denegada en virtud del artículo 221(g) de la ley INA, lo cual significa que en una solicitud falta información importante (se requiere información adicional) o que una solicitud ha sido puesta en espera administrativa. El funcionario consular le dará una carta donde se especifica la situación exacta y los pasos siguientes a seguir.

Pese a que, en teoría, las reglas del artículos 221(g) deberían ser las mismas en todas partes, varios consulados estadounidenses expiden las cartas de denegación en virtud del 221(g) en varios colores en función del tipo de caso.

Tramitación administrativa

Las solicitudes de visa para algunas personas pueden requerir tramitación administrativa adicional. Si ese es el caso, el funcionario consular le informará de lo mismo en el momento de la entrevista. Los tiempos de tramitación para esos casos pueden variar en función de las particularidades del caso.

Estatus de la solicitud de visa en línea

Pueden haber varias razones para la tramitación administrativa, pero la mayoría de ellas normalmente pertenecen a las siguientes categorías:

  • Comprobación de los antecedentes
    Si pertenece a una determinada religión con un nombre que coincide con una entrada en una lista de alerta, o si trabaja en una industria del sector de la lista de alerta tecnológica (TAL) donde el funcionario consular requiere el dictamen del consejo de seguridad de visa Mantis, su solicitud de visa estadounidense puede ser puesta bajo tramitación administrativa. La TAL se aplica principalmente a las personas que trabajan en los sectores de la biotecnología, la farmacia o determinadas industrias de ingeniería. Es posible que tenga que pasar por una comprobación adicional de sus antecedentes laborales o familiares.
  • Comprobación laboral
    Su solicitud de visa puede ser sometida a tramitación administrativa si no trabaja directamente para un empleador en un proyecto interno, sino para una empresa de consultoría que le colocará en las instalaciones del cliente. Quieren asegurarse de que el empleador mantiene el control sobre las tareas/actividades del empleado y que existe una relación entre empleador y empleado. También querrán asegurarse de que la información presentada sobre los clientes y/o proyectos es correcta.
  • PIM
    La sigla inglés PIM significa Servicio de Gestión de la Información del Peticionario. Esto se aplica a las visas basadas en peticiones tal como las de la visa H. Cuando esas peticiones de visa se aprueban, el USCIS del KSC (centro de servicios del Kentucky) añade los datos en el PIM. Si sus datos aún no aparecen en el PIM, el funcionario consular pondrá su solicitud en espera hasta que la información se actualice.

  • Pasaporte o foto

    Para la expedición de una visa estadounidense, debe haber al menos una página en blanco en el pasaporte. Si no hay una página así, el funcionario consular puede recurrir al artículo 221(g) para indicarle que obtenga un nuevo pasaporte. A veces, la fotografías presentadas no cumplen con todos los requisitos.

Tiempos de tramitación

No hay tiempos de tramitación estándar, ya que pueden variar en función de las particularidades del caso y la carga de trabajo. Absténgase de consultar el estado de su caso con ellos durante al menos 60 días.

Estatus de la solicitud de visa en línea

Si su caso todavía sigue pendiente después de 60 días, puede contactar el consulado donde le entrevistaron.

También puede intentar ponerse en contacto con el centro de atención, pero es muy probable que no puedan darle más información que la que ya usted vio en linea. Si trata de escribir un correo electrónico al consulado, al Departamento de Estado en Washington, D.C. o al senador de su estado (si está trabajando en los Estados Unidos) quizás pase lo mismo, si es que le contestan.

No hay manera de acelerar el proceso y desgraciadamente no existe la tramitación prioritaria.

En cualquier caso, aunque su solicitud esté pendiente por un periodo de tiempo largo, todavía está en trámite. No es denegada hasta que de hecho la denieguen y usted reciba un aviso comunicándoselo.

Revocación y revisión

Depués de llevar a cabo la tramitación administrativa o revisar los documentos adicionales enviados, su visa puede ser denegada por una variedad de razones. Por ejemplo, podrían estar preocupados de sus antecedentes, o pueden descubrir que su petición fue aprobada en base a fraude, tergiversación u otras razones contrarias a la ley. Si su solicitud de visa fue denegada depués de la tramitación administrativa, el consulado volverá a enviar la petición al USCIS para revisión y añadirán sus comentarios. El I-797 será enviado al USCIS. El resto de los documentos originales le será devuelto.

Una vez que el USCIS reciba la petición, enviará un aviso de recepción al peticionario.

El USCIS puede tardar de dos a tres meses en revisar la petición y, una vez hecho esto, emitirá un aviso de intención de revocar (NOIR) o un aviso de intención de denegar (NOID). El peticionario deberá contestar al NOIR o NOID en un plazo determinado de 30 a 60 días.

En función de la respuesta del peticionario, el USCIS finalmente restablecerá la petición o emitirá una notificación de denegación. Si la petición es restablecida, el USCIS enviará los documentos al consulado, que, a su vez, se pondrá en contacto con usted para que acuda al consulado. El funcionario consular puede aprobar su visa o emitir otro 221(g) y empezar todo el trámite de nuevo.

Este proceso puede tardar fácilmente varios meses o hasta varios años. Si se prolonga por demasiado tiempo, la mayoría de las empresas buscarán empleados alternativos, y los empleados empezarán a buscar otro trabajo.

Más información

Solicitudes futuras

Si en el futuro solicita una visa estadounidense y rellena un formulario DS-160, ya que está cumplimentando el ESTA para viajar bajo el programa de exención de visa, hay una pregunta :”¿Alguna vez le han denegado una visa de EE.UU.?

Debe contestar que sí a esa pregunta, ya que el artículo 221(g) tecnicámente es una denegación.

Aunque le hayan denegado la visa en virtud del artículo 221(g) por algo tan sencillo como que su fotografía no cumple con los requisitos, o su nombre todavía no aparece en el PIM (Servicio de gestión de información del peticionario), preparése a explicar las circunstancias de la denegación por el 221(g) cuando tenga su entrevista de visa.

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