Presente solicitud en el consulado/embajada de EE.UU, con jurisdicción sobre el lugar de su residencia permanente. Aunque está autorizado a solicitar la visa en cualquier consulado/embajada del extranjero, por lo general es más difícil conseguir la visa fuera del país de residencia permanente y, en muchos casos, le pueden pedir que regrese al consulado/embajada que tiene jurisdicción sobre el lugar de su residencia permanente.
Para una visa R-1 se necesitan los siguientes documentos:
Documentos obligatorios:
- Pasaporte en vigor así como los pasaportes antiguos
- Una fotografía (sólo para citas sin entrevista de visa EE.UU.)
- Página de confirmación del formulario DS-160 presentado en línea con el código de barras CEAC.
- Tarifas de visa
Las tarifas deben pagarse antes de concertar la cita - Original de la carta de cita de la entrevista y una copia
Ejemplo - Número de recibo de la petición I-129, impresa en una solicitud de formulario I-129 aprobada y copia de la aprobación del formulario I-797. No se requiere el formulario I-797 para la entrevista. El funcionario consular comprobará la aprobación de su petición mediante el PIMS (Servicio de Gestión de la Información de las Peticiones) del Departamento de Estado.
Documentos complemetarios
- Títulos o cetificados pertinentes
- Prueba que trabaja como ministro de religión, o en una vocación u ocupación religiosa, para una organización o confesión religiosa bonafide y sin ánimo de lucro que esté exenta de impuestos.
- Prueba que ha sido miembro de dicha organización religiosa durante al menos dos años antes de su solicitud.
- Un contrato tanto del empleador de los Estados Unidos como del empleador del país de procedencia y pruebas, tales como extractos bancarios, que el empleador es capaz de mantener al solicitante por encima del umbral de pobreza
- Cartas de recomendación para respaldar ulteriormente el caso del trabajador religioso
- Pruebas proporcionadas por el IRS sobre el estado de exención de la organización religiosa en los EE.UU.
- Pruebas que está cualificado para el trabajo designado en los EE.UU.
- Documentos que muestren los acuerdos de apoyo financiero
- Pruebas de los activos y métodos de funcionamiento de la organización religiosa
- Los documentos de constitución de la organización según la legislación estatal aplicable.
- Una carta exhaustiva de un funcionario autorizado de la unidad correspondiente de la organización empleadora que certifique:
- Si usted ha mantenido una afiliación religiosa, parcial o total fuera de los EE.UU., la organización religiosa de y fuera de EE.UU. pertenece a la misma confesión religiosa.
- Que ha sido miembro de una denominación religiosa durante al menos los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud para la visa R.
- Que (si procede):
- Si es un ministro, está autorizado a conducir el servicio religioso para dicha confesión
- Si es un profesional religioso, tiene al menos un título universitario o equivalente y dicho título se necesita para desempeñar la profesión de religioso.
- Si tiene que trabajar en una vocación u ocupación no profesional, está cualificado si el tipo de trabajo que va a desempeñar se refiere a una función religiosa tradicional.
- Si es un ministro, está autorizado a conducir el servicio religioso para dicha confesión
- Las disposiciones relativas a la remuneración, incluido el importe y la procedencia del dinero, otros tipos de remuneración como comida, alojamiento, etc., y cualquier otra prestación a la que pueda atribuirse un valor monetario, así como una declaración sobre si dicha remuneración será a cambio de los servicios prestados.
- El nombre o ubicación de la unidad organizativa específica de la confesión religiosa o afiliación a la cual estará prestando sus servicios.
- Si va a trabajar para una organización que está afiliada con una denominación religiosa, una descripción de la naturaleza de la relación entre las dos organizaciones.
- Si usted ha mantenido una afiliación religiosa, parcial o total fuera de los EE.UU., la organización religiosa de y fuera de EE.UU. pertenece a la misma confesión religiosa.
A diferencia de los solicitantes de visa de turista, los peticionarios de la visa R no necesitan demostrar que tienen residencia en el extranjero, o que no tienen intención de abandonar el país. Sin embargo, deben tener previsto salir de los EE.UU. al finalizar su estatus legal.
Derechos y restricciones
- Puede recibir pagos sólo de la organización religiosa mediante la cual obtiene su estatus de visa R-1.
- Si desea cambiar de empleador estando con una visa R-1, la nueva organización que desea emplearle debe presentar un nuevo formulario I-129, petición para un trabajador no inmigrante, ante el USCIS y hacer que lo aprueben.
- Puede conseguir una visa de dependiente R-2 para su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años.
- Puede estudiar a tiempo total o parcial.
- Siempre y cuando su estatus de visa R-1 sea vigente y su sello de visa no haya vencido, puede viajar libremente dentro y fuera de EE.UU.
- Después de haber tenido una visa R-1 durante dos años, puede solicitar una tarjeta de residencia. Debe presentar el Formulario I-360, solicitud para inmigrante especial. Una vez que el formulario I-360 sea aprobado, puede presentar un adjuste de estatus en los Estados Unidos o pasar por la tramitación consular en el extranjero para obtener la tarjeta de residencia.