Una Tarjeta de cruce de frontera es una tarjeta emitida a los ciudadanos de México que viven ahí y viajan con frecuencia a EE.UU. de visita, para ir de compras o para relizar actividades comerciales. La persona en cuestión puede permanecer en EE.UU. por un máximo de 72 horas y puede viajar solo dentro de 25 millas de la frontera. El estatus conferido al interesado es el B-1/B-2 de visitante por negocios o por ocio.
La tarjeta DSP-150 se introdujo en mayo del año 1998. La parte de enfrente de la tarjeta contiene tres líneas, una sección legible por máquina y un holograma. Los titulares de esta tarjeta no están autorizados a trabajar en EE.UU.
Antes del año 1998, la tarjeta era denominada formulario I-586 y tenía el siguiente aspecto: