Preguntas frecuentes sobre el patrocinio de visa de visitante a EEUU

Preguntas frecuentes sobre el patrocinio de visa de visitante a EEUU

P: ¿A quién puedo patrocinar para que visite los Estados Unidos? ¿Sólo a parientes cercanos como padres o suegros? ¿Puedo patrocinar a un primo o amigo?

R: Puede patrocinar a quien guste. Sin embargo, entre más cercana sea la relación o el vínculo, sería más fácil justificar el motivo de su patrocinio. 

Si quiere patrocinar a la tía de la suegra de su prima, eso plantea la cuestión, “¿por qué?”. Siempre y cuando se justifique con pruebas convincentes, no hay ningún problema. 

Si intenta patrocinar a una persona sin parentesco con usted a quien conoció durante su último viaje a Cuba, de nuevo, surge la pregunta de por qué quiere patrocinar a esa persona. Mientras que pueda justificarlo con evidencia sólida, no hay ningún problema.

Los solicitantes no deben tratar de recibir una declaración jurada de patrocinio de personas que nunca han conocido (arreglado a través de una agencia de viajes o un consultor de visado), o de aquellos con los que no tiene comunicación regular.

P: Yo vivo en EEUU y a mis padres les gustaría visitar los Estados Unidos. Mis padres ganan muy bien y son capaces de pagar por todos sus gastos de viaje en EEUU. ¿Debería patrocinarlos?

R: Si los visitantes pueden hacerse cargo de sus gastos de viaje a los Estados Unidos, es mejor que se patrocinen a sí mismos. Eso será mucho más convincente que si alguien más los patrocina.

P: Yo tengo una tarjeta verde y mi esposa es ciudadana estadounidense. Me gustaría invitar a mis padres. ¿Quién debería patrocinarlos, yo o mi esposa? Como mi esposa es ciudadana estadounidense, ¿sería más convincente su patrocinio?

R: El estatus legal del patrocinador en EEUU no hace ninguna diferencia ni fortalece o debilita el patrocinio según el tipo de estatus legal en particular, siempre y cuando el patrocinador esté en el país legalmente, aun si está aquí con una visa de trabajo temporal.

P: No tengo un patrocinador en los Estados Unidos. ¿Me sería posible visitar EEUU por mi cuenta?

R: Sí. El proceso de solicitud es el mismo, excepto que debe mostrar suficientes recursos financieros para probar que usted mismo puede patrocinar su viaje. Presente sus declaraciones de impuestos de los últimos 3 años y sus estados de cuenta bancarios que reflejen un flujo constante de dinero en los últimos años. También es importante aportar documentación de cualquier otro vínculo, como un trabajo estable y bien remunerado o algún negocio.

P: ¿A cuántas personas puedo patrocinar al mismo tiempo? ¿Puedo patrocinar a mis padres y a mis suegros al mismo tiempo?

R: No hay límite a cuántas personas pueda patrocinar, siempre y cuando pueda probar que es capaz de hacerse cargo de todos ellos al mismo tiempo.

P: Mis padres tienen una entrevista para el visado de visitante la semana próxima y mis suegros tienen una entrevista para la visa de visitante el día siguiente. ¿Tengo que mencionar a mis padres en el formulario I-134 que lleno para mis suegros?

R: Sí. Cuando llene el formulario I-134 para sus suegros, por favor mencione que ha patrocinado anteriormente a sus padres . 

Debe hacerlo aun si a sus padres no se les pidió mostrar los documentos de patrocinio durante la entrevista para el visado.

P¿Puedo enviar los documentos de patrocinio directamente al consulado de los Estados Unidos?

R: No. El consulado de EEUU no tiene forma de rastrear los documentos enviados por los patrocinadores y coordinarlos con los solicitantes (visitantes). No los envíe a la embajada o consulado de los Estados Unidos o su país. El patrocinador debe enviar los documentos directamente al solicitante, quien los puede compartir con el funcionario consular durante la entrevista.

P: Me gustaría patrocinar a un familiar, pero no quisiera compartir mi información financiera con ellos. ¿Puedo enviar los documentos directamente al consulado de los EEUU o en un sobre sellado?

R: No.

En ese caso, no debería considerar patrocinarlos.

P: No me siento muy cómodo compartiendo mis detalles financieros con la persona que estoy patrocinando. ¿Puedo enviarles la carta de invitación? ¿No sería suficiente? ¿Por qué necesito enviar todos esos documentos financieros?

R: El patrocinar a alguien significa hacerse cargo de sus responsabilidades financieras mientras está en los Estados Unidos. Usted está patrocinando a alguien porque el solicitante no tiene los medios financieros (suficiente dinero) para visitar EEUU por su cuenta. 

Si sólo les envía una carta de invitación, simplemente los está invitando, no los está patrocinando en realidad. En ese caso, el visitante tendría que demostrar que tiene los recursos financieros para visitar los Estados Unidos sin ayuda.

P: Estoy patrocinando a mis familiares, ¿puedo enviar la carta de garantía al consulado para que el consulado pueda darles una visa?

R: Tener un patrocinador o una oferta para garantizar el regreso de una persona a su país de origen no garantiza la emisión de un visado. La ley de inmigración de EEUU no contiene ninguna disposición sobre ofertas de garantía o fianza para la emisión de una visa de no inmigrante. La carga para probar la intención de no inmigrar cae exclusivamente sobre el solicitante. Envíe todos los documentos directamente al solicitante.

P: Estoy patrocinando el visado de visitante de mis padres. ¿Realmente requieren mi acta de nacimiento original?

R: Si está patrocinando a sus padres y no es ciudadano estadounidense, debe presentar el certificado de nacimiento original. Si anteriormente no se le pidió nadie, no significa que no sea necesario. 

Si no tiene su acta de nacimiento original, por favor vea las siguientes alternativas

No se aceptan copias simples, copias notarizadas, certificado de secundaria o un certificado de fin de estudios, etc.

P: ¿Qué tan recientes deben ser los documentos de patrocinio?

R: Los documentos deben ser lo más recientes posible. Son válidos documentos de entre 3 a 4 meses de antigüedad. Se debe evitar el uso de documentos de más de 6 meses de antigüedad.

P: Tengo una visa H-1B y me gustaría patrocinar a mis padres para que vengan a visitar los Estados Unidos. Mi H-1B vence en los próximos 3 meses y mi empleador todavía no ha solicitado una extensión. (O mi petición actual del visado H1-B ha vencido y mi empleador ya solicitó una extensión.) ¿Sería un problema? ¿Obtendrían solamente una visa de 3 meses? ¿Podrían quedarse en EEUU sólo entre 2 y 3 meses?

R: Siempre y cuando tenga un estatus legal válido al momento de patrocinarlos, no es ningún problema. El tiempo de vigencia del sello del visado o la duración del sello I-94 no depende de la validez de suvisa H-1B .

¿El visado de visitantes puede ser realmente patrocinado?

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