Requisito de residencia en el extranjero con visa J1 – Petición de dictamen consultivo

Requisito de residencia en el extranjero con visa J1 - Petición de dictamen consultivo

Si no puede determinar con seguridad si está sujeto a un requisito de dos años de residencia en el extranjero (HRR, por sus siglas en inglés), puede solicitar una opinión consultiva al Departamento de Estado de EEUU. Un dictamen consultivo es un proceso en el que el Departamento de Estado revisa los documentos del programa de visitantes de intercambio para determinar si está sujeto al requisito de dos años de residencia en el país de origen.

Solicitud

Para obtener el dictamen consultivo, debe enviar los siguientes documentos:

  • Una carta detallada en la que se solicite una opinión oficial sobre si, en base a su expediente, el requisito de dos años de residencia en el país de origen se le aplica a usted o no.
  • Copias legibles de todos y cada uno de los Formularios DS-2019/IAP-66 que se le hayan entregado.
  • La página de la visa J-1 de su pasaporte.
  • La página de información suplementaria del solicitante.
  • Un sobre autodirigido y timbrado.

Envíe sus documentos a:
INA 212(e) Advisory Opinion Request
Waiver Review Division, CA/VO/L/W
U.S. State Department
Visa Office
SA-17, 11th Floor
600 19th Street, NW
Washington, D.C. 20522-1711 

El dictamen puede solicitarlo usted (el visitante de intercambio J-1), su abogado, o el funcionario responsable/sustituto de su programa de visitantes de intercambio. La petición sólo se puede enviar por correo postal. No se puede enviar por fax ni venir a cursarla en persona. No se recomienda el envío por fax porque los Formularios DS-2019/IAP-66 enviados por fax a menudo resultan ilegibles.

Tramitación

Al recibirlos, el Departamento de Estado de EEUU, en un plazo de 4 a 6 semanas, revisará sus documentos y determinará si usted está sujeto o no al requisito de residencia de dos años. Se le enviará la resolución en el sobre autodirigido y timbrado que usted proporcionó.

Si tiene un número de caso, puede revisar el estatus en línea. O bien puede ponerse en contacto con la División de Consultas Públicas de los Servicios de Visa llamando al (202) 663-1225 o enviando un correo electrónico a [email protected]. No se comunique con la División de Revisión de Exenciones.

Resolución

Si el dictamen indica que usted no está sujeto al requisito de dos años de residencia en el extranjero, debe mostrar la copia de esa carta en lugar de la aprobación de la exención siempre que se requiera, como cuando se solicita una visa H1B o cuando se solicita un ajuste de estatus.

Si el dictamen determina que usted está sujeto al requisito de dos años de residencia en el extranjero, puede explorar las opciones para ver si puede obtener la exención del requisito de dos años de residencia en el extranjero.

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