Visa J2 – Requisito de residencia en el extranjero – Exención para el cónyuge y los hijos dependientes

Visa J2 - Requisito de residencia en el extranjero - Exención para el cónyuge y los hijos dependientes
  • Si el titular principal de la visa J-1 está sujeto al requisito de dos años de residencia física en su país de origen, su cónyuge e hijos dependientes que recibieron la visa J-2 con base en esa visa J-1 también están sujetos al mismo requisito. 

  • Sin embargo, no es necesario que los dependientes soliciten la exención por separado, ya que se incluyen automáticamente en la solicitud de exención de la visa J-1. Los dependientes deben ser incluidos en la solicitud de la visa J-1. Tampoco es necesario pagar ninguna cuota adicional (por persona) para incluir a los dependientes.

  • El solicitante principal con visa J-1 obtiene la exención, y los dependientes con visa J-2 también obtienen automáticamente la exención.

  • Con algunas excepciones, los dependientes con visa J-2 no pueden solicitar una exención cuando el solicitante principal con visa J-1 no está solicitando.

    No obstante, en las siguientes circunstancias, la División de Revisión de Exenciones considerará la solicitud dependiendo del caso:
    • Muere el cónyuge con la J-1:
      Adjunte una copia del certificado de defunción de su cónyuge con la J-1
    • Divorcio entre los cónyuges J-1 y J-2:
      Añada una copia del decreto de divorcio de su cónyuge con J-1.
    • El hijo o hija con J-2 cumple 21 años de edad:
      Incluya una copia del acta de nacimiento si es un hijo o hija con J-2 mayor de 21 años.

    También debe enviar una declaración explicando:
    • por qué está solicitando una renuncia y su cónyuge/padre J-1 no lo está.
    • por qué su situación amerita consideración especial.

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