Requisitos para el permiso de reingreso adelantado

Puede solicitar el permiso de reingreso adelantado si:

  • Se encuentra en los EE.UU.
    • Está presentando contemporánemente el I-485 (ajuste de estatus) o ya lo ha presentado.

    • Está bajo el estatus de refugiado/asilado y quiere viajar al extranjero debido a razones personales urgentes o de negocios de buena fe, o tiene que viajar a Canadá para solicitar una visa de inmigrante estadounidense.

    • Se le ha concedido el estado de protección temporal u otro estatus inmigratorio que le permite volver a ese estatus tras una breve, ocasional e inofensiva ausencia de los Estados Unidos.

  • Está fuera de EE.UU. y necesita acudir al país temporalmente por razones humanitarias urgentes
    • Puede solicitar el documento de reingreso adelantado. No obstante, su solicitud debe basarse en el hecho que no pudo obtner la visa necesaria y cualquier otra exención de inadmisibilidad. El permiso de reingreso adelantado o la entrada temporal bajo esas condiciones se concede caso por caso, según las condiciones establecidas.

    • Una persona en los EE.UU. puede presentar esa solicitud en su nombre. Al hacerlo, tendrá que rellenar la parte 1 del formulario indicando sus datos.

No puede solicitar el permiso de reingreso adelantado:

  • Si es un asilado/refugiado que no ha presentado solicitud de ajuste de estatus. En su lugar, debe solicitar un documento de viaje para refugiado antes de salir de EE.UU.

  • Si usted tenía un estatus de no inmigrante J-1, que está sujeto a un requisito de residencia en el extranjero de 2 años.

  • Si está en los Estados Unidos ilegalmente

  • Si está en proceso de deportación, exclusión, expulsión o rescisión.

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