Varias visas de no inmigrante como la B, F, J y R no requieren la aprobación previa del USCIS. Sin embargo, muchas otras visas de no inmigrante como la H, K, L, O y P requieren que se presente una petición al USCIS que debe aprobarla antes de que el beneficiario pueda aparecer ante la embajada o consulado de EE.UU. para la entrevista de visa.
Por lo que concierne las categorías de visa para las cuales se requiere una petición, USCIS investigará el caso y, antes de aprobarla, tomará las medidas necesarias para averiguar la legitimidad, la elegibilidad del beneficiario.
Incluso tras la aprobación de la petición, puede que un funcionario consular descubra nuevos problemas, como que la aprobación de la petición se obtuvo por medio de fraude, tergiversación u otros medios ilegales; o que el beneficiario no tiene derecho al estatus otorgado por la petición; o un funcionario consular descubre que el certificado de título presentado es falso o que el solicitante no tiene la experiencia necesaria alegada que se requiere para la aprobación de la petición. En tales circunstancias, el funcionario consular puede rechazar la visa en virtud del lo establecido en el artículo 221(g) y puede remitir el caso al USCIS para que reconsideren su decisión y, a ser posible, que revoquen la petición aprobada anteriormente. (Por supuesto, existen otros casos de denegación bajo el 221(g) por falta de documentos y la visa será expedida una vez que esos documentos se presenten).
Muchos de los solicitantes involucrados en esa tramitación administrativa son trabajadores temporales (como solicitantes de visa H-1) o prometidos solicitando una visa en el extranjero. Los funcionarios consulares pueden descubrir que, en el caso de los trabajadores temporales, el solicitante no reúne los requisitos para ser clasificado como tal, o, en el caso de un prometido, no parece tener una relación auténtica como el ciudadano estadounidense que presenta la petición.
Los funcionarios consulares deben recurrir al proceso de revocación con moderación y no deben intentar volver a adjudicar o reconsiderar las peticiones. Sin embargo, los funcionarios consulares de algunos países parecen recurrir a ese proceso de forma abundante y frecuente. Eso, esencialmente, causa que los esfuerzos de dos agencias gubernamentales de Estados Unidos se dupliquen: el USCIS y el Departamento de Estado (DOS). El proceso de revocación es bastante largo y oneroso: puede tardar de varios meses a un par de años, y ni la empresa peticionaria ni el solicitante quieren esperar tanto tiempo. La empresa podría por eso buscar a otro empleado y el solicitante a otro empleador. Incluso si todo el trámite administrativo vaya a buen fin a favor del peticionario y del solicitante de visa, se desperdiciaría aproximadamente la mitad de la validez de la duración de solicitud de certificación de condición laboral (LCA). En el caso de los prometidos, la aprobación de la K-1 original ya no sería valida.
Trámite
- Al final de la entrevista, el funcionario consular entregará la denegación bajo el 221(g) indicando que la petición se devolverá al USCIS.
- El consulado remite la petición al USCIS en una valija diplomática para revisión adicional.
- Cuando el Centro Nacional de Visas (NVC) recibe la petición devuelta, la revisa e introduce en la base de datos de fraude para la gestión de los fraudes.
La valija diplomática puede tardar entre 2 y 3 meses en llegar, ya que puede ser enviada a varios consulados para recoger otras peticiones devueltas por el camino. - El NVC devuelve la petición al centro de servicios del USCIS donde la petición fue originalmente presentada y aprobada. Eso puede tardar aproximadamente un mes.
- Una vez que el centro de servicios del USCIS recibe la petición, envía un acuse de recibo al peticionario.
- El centro de servicios revisa la petición devuelta y las anotaciones del funcionario consular sobre el caso.
Las solicitudes devueltas son de baja prioridad en el USCIS. Se revisan en el orden en que se reciben y después de que las nuevas peticiones han sido tramitadas. - El centro de servicios envía al peticionario un aviso de intención de denegación (NOID) o un aviso de intención de revocar (NOIR) El centro de servicios envía una Notificación de Intención de Denegación (NOID) o una Notificación de Intención de Revocación (NOIR) al peticionario los documentos pertinentes a las objeciones del funcionario consular para refutar.
- Dependiendo del centro de servicios, el peticionario tiene de 30 a 60 días desde la fecha del NOIR/NOID para responder con pruebas adicionales. En la carta se especificará también el plazo para responder.
- Si el centro de servicios recibe la respuesta de forma oportuna, revisa el caso y la aprobación original se confirma o la petición se deniega oficialmente
- El centro de servicios envía en consecuencia la carta oficial de denegación o una notificación de confirmación.
- Si se confirma la petición, el centro de servicios envía la petición confirmada y las pruebas presentadas en la refutación directamente al consulado de origen, junto con una recomendación de expedición de visa.
- El consulado notifica al beneficiario la nueva fecha de entrevista. Los procedimientos exactos pueden variar en los distintos consulados.
- El funcionario consular realiza la entrevista del solicitante de visa, la cual se expide y vuelve a poner en espera administrativa o denegada en virtud del artículo 221(g) y devuelta al USCIS con una recomendación de revocación
Tiempos
La mayoría de las tramitaciones se resuelven en un plazo de 60 días desde la entrevista de visa. Sin embargo, algunos casos pueden tardar más, dependiendo de las circunstancias de su caso.
Comprobación del estado
Si su solicitud de visa está pendiente en el consulado o embajada por la tramitación administrativa, usted puede comprobar su estado visitando el sitio web correspondiente.
Antes de consultar el estado de su caso, asegúrese de esperar al menos 60 días desde la fecha de su entrevista o la presentación de documentos adicionales, lo que ocurra después.