Visa de negocios para empleado doméstico – contrato de trabajo

Los empleados tienen derecho a ser tratados y retribuidos de forma justa. No se les puede obligar a seguir en un trabajo contra su voluntad.

Tanto el empleador como el empleado deben firmar un contrato que incluya como mínimo lo siguiente:

  • Una descripción de las obligaciones laborales del empleado, su horario de trabajo semanal, los días feriados, días de baja por enfermedad y días de vacaciones. 

  • El empleador acepta no retener el pasaporte del empleado, el contrato de trabajo ni otros objetos personales del empleado.

  • El empleado no aceptará ningún otro empleo mientras trabaje para el empleador que lo patrocina. 

  • Una explicación de la tasa de remuneración, así como de la frecuencia del pago del salario, esto es, cuánto le pagan y con qué frecuencia. 

    El empleador debe garantizar que se le pagará al empleado al menos el salario corriente o el salario mínimo por hora si éste fuera mayor. El salario corriente es un salario justo equiparable al que se paga en el área de empleo en EEUU. Este salario debe ser suficiente para el sustento económico del empleado y las personas dependientes a su cargo. 

    Visite el Centro de Datos de Certificación Laboral de Extranjeros (FLC, por sus siglas en inglés) para ver el salario corriente en un área determinada. Para ver los salarios por hora corrientes de Nivel Uno oprima el asistente de búsqueda, elija la ciudad y estado correspondientes, y seleccione el código de trabajo aplicable.
    • Si el empleado no va a cuidar niños, ingrese “Criados y empleados domésticos de la limpieza” en la búsqueda por palabra clave o ingrese el código 37-2012. 

    • Si el empleado va a cuidar niños, ingrese “Empleado cuidador de niños” en la búsqueda por palabra clave o ingrese el código 39-9011. 
     

    Los salarios actuales tienen que ser mencionados. No es suficiente simplemente mencionar “salario mínimo o predominate, el que sea mayor”. 

    Además de eso, cuaquier deducción para comida y alojamiento no puede ser más de los acordado de manera razonable y voluntaria por el empleado.

  • Una provisión para las horas extras (150% del salario habitual) si el empleado trabaja más de 40 horas a la semana. 

  • El compromiso del empleador de respetar toda la legislación estadounidense vigente. 

  • Todos los derechos y prerrogativas del empleado están garantizados conforme a la Ley de Normas Justas de Trabajo (FLSA, por sus siglas en inglés). 

  • El empleador ofrecerá seguro médico, alojamiento y comida gratis, y billetes de avión de ida y vuelta a los Estados Unidos. Estos gastos no deben deducirse del salario.

    Salvo que el empleador pueda inscribir al empleado en un plan grupal, el seguro médico será caro. 

  • Cualquier otro beneficio obligatorio para empleados domésticos estadounidenses en el área geográfica de empleo.

  • El empleador pagará impuestos estadounidenses y la seguridad social sobre el salario del empleado. 

  • Provisiones por despido. 

  • El empleado debe preavisar con al menos dos semanas de antelación al empleado sobre el cese de empleo. Sin embargo el empleador no puede requerir del empleado un preaviso de rescisión del contrato de trabajo de más de dos semanas de antelación. 

  • Una declaración del empleador y del empleado afirmando que no se puede obligar al empleado a quedarse en el edificio una vez finalizado su horario de trabajo sin la debida remuneración. 

  • Una declaración que indique que el contrato es válido solo durante el viaje o viajes que el empleado doméstico haga con el empleador. 

  • La duración del contrato normalmente debe ser de un año.

El contrato debe ser en inglés. Debe estar firmado y fechado tanto por el empleador como por el empleado. Si el empleado no entiende inglés, el empleador debe facilitarle la traducción certificada del contrato en la lengua materna del empleado. El empleado debe entender los términos del contrato y debe poder contestar las preguntas relativas a las condiciones de empleo durante la entrevista. El empleado no debe firmar nada que no entienda.

Incluir en el contrato la provisión anterior es necesario para cumplir la legislación estadounidense y las protecciones de los derechos humanos. El empleador debe costear los gastos del viaje inicial a EEUU del empleado y del viaje de regreso al país de residencia habitual del empleado tras la finalización del trabajo asignado.

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