El cónyuge y/o los hijos menores (menores de 21 años de edad) de los visitantes de intercambio J-1 que acompañen, o que se unan más tarde al titular de la J-1 en los Estados Unidos, pueden solicitar el visado J-2. La visa J2 es un visado para dependientes, y su estatus migratorio termina al mismo tiempo que el estatus del visitante J-1 al que está asociado.
La duración de la estancia con la visa J-2 es la misma que la de la visa J-1. Los miembros de la familia extensa, como los padres, abuelos, hermanos, tías, tíos, y familiares más lejanos, no son elegibles para la visa J-2.
Parejas de hecho
La pareja del participante titular de la visa J-1, que con él o ella convive, ya sea del mismo sexo o del sexo opuesto, cuyo propósito principal al venir a EEUU es acompañar a su pareja, puede recibir un visado B-2, siempre y cuando esa pareja no tenga la intención de trabajar y sea elegible para una visa. Aunque la visita con el visado B-2 suele ser de corta duración, en este caso se permite a la pareja del titular principal venir con intención de acompañarlo durante toda la duración del programa de intercambio en los Estados Unidos.
Elegibilidad
La elegibilidad para la visa J-2 depende del programa de intercambio específico del titular de la J-1. Las categorías de intercambio de au pair, consejero de campamento, estudiante de secundaria, y viaje para trabajo en verano no permiten visas J-2. Además, aunque algunas categorías permiten a los dependientes acompañar al titular de la visa J-1, ciertos programas específicos no lo permiten.
Procedimiento de solicitud
El procedimiento de solicitud es el mismo que el de un solicitante de visado principal. El patrocinador debe aprobar que los dependientes le acompañen. Cada dependiente debe recibir su propio Formulario DS-2019, que se requiere para que cada persona obtenga la visa. Cada Formulario DS-2019 tendrá un número único de identificación del Sistema de Información sobre Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS, por sus siglas en inglés), pero estará firmado por el solicitante principal de la visa J-1.
El titular de la visa J-2 puede entrar en EEUU al mismo tiempo o después que el titular de la visa J-1. Sin embargo, el titular de la visa J-2 no puede entrar en EEUU antes que el titular de la visa J-1 entre en el país.
Trabajo
El titular de un visado J-2 puede solicitar un permiso de trabajo en la mayoría de los casos. Para solicitar una autorización de trabajo, debe presentar el Formulario I-765, de Solicitud de Autorización de Empleo. Una vez que se expide el documento de autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés), el titular de la J-2 obtendría autorización por un período de hasta un año.
La solicitud del Documento de Autorización de Empleo puede tardar en tramitarse de 3 a 5 meses. El tiempo de tramitación real de vez en cuando varía. Hasta que el estatus de J-2 termine, se pueden presentar anualmente solicitudes adicionales de extensiones del Documento de Autorización de Empleo.
Solo puede solicitarse el Documento de Autorización de Empleo después de llegar a EEUU.
Estudios
Los dependientes con visa J-2 pueden estudiar en EEUU sin tener que solicitar un visado de estudiante (F-1) ni cambiar a estatus F-1. Pueden matricularse en programas académicos como estudiantes que pretenden conseguir una titulación o que estudian por placer. Pueden matricularse a tiempo completo o a tiempo parcial. Pueden discontinuar sus estudios en cualquier momento.
Si el programa académico del dependiente con visa J-2 no ha terminado para cuando termine el estatus del titular de la visa J-1, entonces podrán cambiar al estatus de estudiante F-1, siempre y cuando no estén sujetos al requisito de residencia de dos años en el país de origen.
Viaje
Con la salvedad de que el titular de la visa J2 no puede viajar a EEUU antes que el titular de la visa J1 por primera vez, el titular de la visa J2 puede entrar y salir libremente de los Estados Unidos y no tiene que ir acompañado por el titular de la visa J1. Asegúrese de llevar todos sus documentos pertinentes al entrar en el país.
Visita
Si los dependientes del titular de la visa J-1 no tienen intención de quedarse en EEUU, pero les gustaría visitar con fines exclusivamente vacacionales, pueden ser elegibles para solicitar una visa de visitante (B-2). Por otra parte, si califican, pueden viajar sin visa bajo el Programa de Exención de Visa.
Más detalles
Documentos para el sello de la visa J2
Exención de la visa J-2